miércoles, 3 de septiembre de 2008

EL ILEGAL ES GUANES


Escribe desde El Calafate, Alvaro de Lamadrid
Fuente: www.navarronoticias.com
Lunes, 11 de agosto de 2008

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE MIGUEL GUANEZ DEBE DENUNCIAR JUDICIALMENTE LOS HECHOS REFERIDOS A LA PISTA DE ESQUÍ. El Presidente del Concejo Deliberante Miguel Guanes manifestado el día 10 de agosto del corriente año en el mismísimo Concejo Deliberante que la compra de los equipos de la Escuela Municipal de Esquí se hizo fuera de la ley. Dichos equipos fueron adquiridos por la anterior Gestión Municipal en forma directa por la suma de $ 116.000 y ha sido considerada ILEGAL por el Presidente del Concejo Deliberante, de acuerdo a las constancias obrantes en su poder, pruebas, testimonios y documentación que acreditarían tales irregularidades.-


Esta grave denuncia efectuada por la máxima autoridad parlamentaria local lo obliga legalmente a efectuar la denuncia penal, dado que tal situación no queda sujeta a su evaluación y arbitrio, sino que es una obligación legal impuesta por la ley y por tratarse el mismo de un funcionario publico.-

De tal forma, instamos al Presidente del Concejo Deliberante a fin de que cumpla con sus obligaciones legales y, o bien en su defecto, creemos que se amerita la actuación de oficio de la Fiscal de Estado, para el supuesto hipotético que el Concejal Miguel Guanes, Presidente del Concejo Deliberante y segundo en la línea sucesoria local no inste la investigación penal y aporte las pruebas que dijo tener y conocer.

No nos olvidemos que las declaraciones efectuadas por el Presidente del Concejo Deliberante han sido categóricas. La venta ha sido hecha fuera de la ley manifestó, con lo cual esperamos sostenga lo relatado judicialmente.-

Resulta oportuno aclarar que los presuntos delitos que no sean objeto de investigación por parte de la OFICINA ANTICORRUPCION deberán ser denunciados ante el Juez, el Agente Fiscal o ante la Policía por los funcionarios PÚBLICOS y agentes enunciados en el artículo 177, inciso 1 del Código Procesal Penal de la Nación.

Los funcionarios PÚBLICOS que tomen conocimiento de la existencia de UN DELITO o procedimientos o esquemas de organización que pudieran incentivar hechos de corrupción en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, empresas y sociedades y todo ente público o privado con participación del Estado o que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal, deberán realizar la correspondiente denuncia penal o comunicar a la OFICINA ANTICORRUPCION tal circunstancia.-

Por el expuesto, esperamos que el Presidente del Concejo Deliberante efectúe la denuncia
Penal correspondiente o bien dicha investigación se inicie de oficio por la Fiscal, investigando en este caso también, la responsabilidad del Presidente del Concejo Deliberante, en su defecto, por su omisión voluntaria, deliberada y a sabiendas de denunciar un delito penal sobre el cual ha tomado conocimiento.-